viernes, 25 de noviembre de 2011

INCOTERMS 2000

INCOTERMS 2000 

Son términos definidos y elaborados por la Cámara Internacional de Comercio (CIC), con la finalidad de establecer un lenguaje estandarizado que pueda ser utilizado por los compradores y vendedores que participan en negocios internacionales. 


ESTOS TÉRMINOS SON LOS SIGUIENTES: 

EXW = EX FÁBRICA Significa que la única responsabilidad del vendedor, es poner su mercancía a disposición del comprador en su propio local.   En esta modalidad, el vendedor entrega la mercancía en su establecimiento o en un lugar convenido al comprador quien elige el medio de transporte y corre con el costo y riesgo inherentes al tráfico de la mercancía. 

FCA = FRANCO EN EL MEDIO DE TRANSPORTE El vendedor debe entregar la mercancía lista para su exportación al transportista en el lugar indicado en las condiciones de embarque. El comprador escoge la compañía y el medio de transporte y paga el flete principal; el vendedor cumple sus obligaciones cuando entrega las mercancías al transportista designado por el comprador, en el lugar convenido. Si el lugar no está definido, el vendedor selecciona el sitio que mejor le convenga como lugar de entrega. 

FAS = FRANCO AL COSTADO DE LA NAVE El vendedor se hace responsable de colocar la mercancía al costado de la nave en el muelle o en las barcazas, en el lugar indicado en la cotización.   El vendedor colocará la mercancía al costado del buque, en el lugar designado por el comprador en el puerto de embarque convenido. A petición del comprador deberá prestar todo tipo de ayuda, para la obtención de las autorizaciones necesarias para la exportación. Deberá cubrir las mercancías con seguros hasta que los bienes sean entregados al costado del barco. 

FOB = FRANCO A BORDO Cuando el vendedor se responsabiliza de colocar la mercancía a bordo de una nave en el puerto indicado en el contrato de venta.  El exportador paga todos los gastos correspondientes incluyendo seguros de las mercancías, hasta ponerlas físicamente a bordo del barco designado por el importador, se utiliza transporte marítimo y terrestre cuando se cotiza en frontera. 

CFR = COSTO Y FLETE El vendedor debe hacer el despacho de la mercancía para su exportación y pagar los Costos y el Flete necesario para transportarla al destino indicado.   Es el vendedor quien selecciona la línea naviera y paga el flete marítimo hasta el puerto convenido, así como los gastos de carga de la mercancía al buque, al igual que las formalidades aduaneras de exportación. Se utiliza en transporte marítimo. 

CIF = COSTO, SEGURO Y FLETE Es un término similar al CFR, pero en este caso, el vendedor también debe contratar un seguro marítimo para la mercancía del comprador.  Le corresponde al vendedor todas las formalidades necesarias para la exportación, este término puede ser usado en todo tipo de transporte. 

CPT = TRANSPORTE PAGADO HASTA Es un término equivalente al CFR, pero que se utiliza para el transporte que no sea marítimo.   El vendedor selecciona el transporte y paga el flete para el transporte de la mercancía hasta el lugar de destino convenido. Sin embargo, los riesgos de avería a la mercancía o de su pérdida, así como el incremento de los costos en el transcurso del transporte, son transferidos al comprador cuando la mercancía es entregada al primer transportista 

CIP = TRANSPORTE Y SEGURO PAGADO HASTA Es un término equivalente a CIF, pero se utiliza para el transporte que no sea marítimo.   El vendedor tiene la obligación de contratar y pagar una póliza de seguro de transporte contra riesgo de avería de la mercancía o pérdida de la misma durante el viaje. 

DAF = ENTREGADO EN LA FRONTERA El vendedor cumple con sus obligaciones, cuando la mercancía para su exportación se pone a disposición del comprador, antes del punto fronterizo aduanero de destino.   El vendedor pagará el transporte y correrá el riesgo hasta la frontera, antes de la aduana del país de destino, ocupándose de los trámites de exportación. 

DES = ENTREGADO EX NAVE Término usado normalmente para el envío de mercancías por vía marítima. El comprador actúa cuando la nave llega al punto de destino indicado.  El vendedor elige el buque, paga el flete y asume los riesgos del viaje marítimo hasta el puerto de destino determinado, y pone las mercancías disponibles para el comprador a bordo del barco, sin liberarlas de su importación en el punto de destino determinado. 

DEQ = ENTREGADO EX MUELLE Término utilizado también normalmente para envíos por vía marítima. El comprador actúa en el muelle del punto de destino indicado.  El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador sobre el muelle del puerto de destino convenido, asumiendo hasta este punto los gastos y riesgos inherentes a la misma. Debe obtener las licencias tanto de importador como de exportador, el comprador cubrirá toda la perdida o daño de la mercancía. 

DDU = ENTREGADO CON LOS DERECHOS ADUANEROS NO PAGADOS Cuando el vendedor se encarga de todo lo necesario para entregar la mercancía en el lugar convenido, a excepción del desaduanamiento en el país de destino.  El vendedor deberá poner la mercancía a disposición del comprador, en el lugar convenido en el país del importador, y satisfacer el gasto de transporte, incluida la descarga así como los costos de riesgo de llevar a cabo las formalidades del despacho aduanero. 

DDP = ENTREGADO CON LOS DERECHOS ADUANEROS PAGADOS Significa que el vendedor se hace cargo de todo, incluyendo los procedimientos necesarios para el despacho de la mercancía y el pago de los derechos aduaneros.  El vendedor pondrá la mercancía por su cuenta a disposición del comprador, en el lugar de destino convenido en el país del importador, incluida la descarga. También por su cuenta despachara las mercancías y pagara los derechos de importación. 


ESTRUCTURA DE LOS INCOTERMS 2000 

Los Incoterms 2000, se agrupan en cuatro categorías: 

El grupo de las "E" formado únicamente por EXW (Ex-Works) entregado en su fabrica, bodega o almacén. 

El grupo de las "F" formado por FCA, FAS y FOB en donde el vendedor tiene la obligación de entregar la mercancía al transportista indicado por el comprador. 

El grupo de las "C" formado por CFR, CIF, CPT y CIP en donde el vendedor tiene que asumir la obligación de contratar el transporte pero sin asumir ningún riesgo ni responsabilidad sobre la mercancía una vez que esta ha sido embarcada y despachada.   Bajo estos términos el vendedor asume obligaciones de embarque. 

El grupo de las "D" formado por DAF, DES.DEQ, DDU y DDP en donde el vendedor tiene que asumir todos los costos y riesgos hasta entregar la mercancía en el lugar de destino acordado. Bajo estos términos, en vendedor asume obligaciones de entrega a destino. 


TRANSFERENCIA DE RIESGOS Y COSTOS 

EXW: El vendedor transfiere el riesgo y costo al comprador en su fábrica, bodega, o almacén. 

FAS: El vendedor transfiere el riesgo y costos al comprador al momento de dejar la mercancía a un costado de buque en el puerto de embarque. 

FOB: El vendedor transfiere el riesgo y costos al comprador al momento en que la mercancía cruza la borda del buque en el puerto de embarque. 

FCA: El vendedor transfiere el riesgo y costo al comprador al momento de que entrega la mercancía al transportista en el lugar de embarque convenido. 

CFR Y CIF: El vendedor transfiere el riesgo al comprador en el momento en que la mercancía cruza la borda del buque en el puerto de embarque. En cuanto a costos, CFR incluye el flete al puerto de destino y CIF el flete y el seguro de la mercancía. 

CPT Y CPI: El vendedor transfiere el riesgo al comprador al momento en que entrega la mercancía al transportista en el lugar de embarque convenido. En cuanto a costos, CPT incluye el flete al lugar de destino y CIP el flete y seguro de la mercancía. 

DES: El vendedor transfiere el riesgo y el costo al comprador al momento en que el buque arriba al puerto de destino 

DEQ: El vendedor transfiere el riesgo y el costo al comprador al momento en que la mercancía es bajada del buque y puesta en el muelle del puerto de destino. 

DAF: El vendedor transfiere el riesgo y costos al comprador al momento en que la mercancía es entregada en la frontera de destino convenida a bordo del vehículo que se encargo de su transportación. 

DDU: El vendedor transfiere el riesgo y costos al comprador al momento en que la mercancía es entregada en el lugar de destino convenido sin bajarla del vehículo que se encargo de su transportación. 

DDP: El vendedor transfiere el riesgo y costos al comprador en el momento en que la mercancía es entregada en el lugar sin bajarla del vehículo que se encargo de su transportación. Incluye los costos y trámites de importación de la mercancía. 


Como elegir el INCOTERM adecuado:
  • Verificar que no existan restricciones o diferente interpretación en su país. 
  • Valorar las ventajas competitivas que ofrece cada Incoterms.
  • Quién esta dispuesto a contratar y pagar el transporte internacional. Considerar en donde es más barato o más conveniente contratarlo, en el país del vendedor o en el del comprador. 
  • Quién esta dispuesto a llevar a cabo los trámites y gastos de exportación e importación. 
  • Evaluar hasta qué punto el vendedor puede estar dispuesto a asumir además la financiación por el transporte, seguro y transferir el riesgo. En los Incoterms EXW, FAS, FCA, FOB, CFR, CIF, CPT y CIP, la responsabilidad de entrega para el vendedor termina en su país. Por el contrario en DAF, DES, DEQ, DDU y DDP la responsabilidad de entrega termina en el país del comprador.

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